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«Propuestas de modificación de los cánones relativos al Gobierno eclesiástico, a la participación de los fieles y la rendición de cuentas». Este es el título del informe final de la Comisión canónica del Sínodo, que hoy ha hecho público la Santa Sede. Un informe que, bajo una pátina ‘técnica’, esconde una cuestión fundamental, especialmente después de los furibundos ataques de los sectores rigoristas a la asunción de responsabilidades de los laicos, y las mujeres, en dicasterios y altas magistraturas vaticanas: las «propuestas de modificación a los cánones del Código relacionados con la capacidad de los laicos, hombres y mujeres, para ejercer en la Iglesia oficios, cargos y ministerios para los que resulten idóneos y competentes, incluso dentro del ámbito del gobierno eclesiástico».

Y es que los trabajos de la ‘comisión canónica’ han tratado de «identificar en cuáles términos las adquisiciones teológicas y eclesiológicas del proceso sinodal podrían traducirse en normas canónicas, distinguiendo tres horizontes temporales«. A corto plazo, proponiendo «modificaciones específicas a la normativa vigente, que sean capaces de sostener de inmediato el desarrollo concreto de la vida eclesial«. A medio plazo, identificando «ámbitos» en colaboración con los dicasterios competentes. Y a largo plazo, con «la necesidad de una revisión integral de los dos Códigos de Derecho Canónico – el latino y el oriental – para incorporar las instancias teológicas y eclesiológicas que han surgido».

Así, la primera parte del documento contiene propuestas de modificación a los cánones del Código relacionados con la capacidad de los laicos, hombres y mujeres, para ejercer en la Iglesia oficios, cargos y ministerios para los que resulten idóneos y competentes, incluso dentro del ámbito del gobierno eclesiástico.

La segunda parte, en cambio, propone «una revisión en prospectiva sinodal de algunos cánones relativos a los Concilios particulares y a las Conferencias Episcopales, es decir, de aquellas instancias eclesiales responsables de la colaboración entre las Iglesias locales». Finalmente, el abordan los organismos de participación, ya establecidos en el Código, «pero propone modificaciones que potencian su dimensión participativa y su orientación misionera».